FCC informa
sobre el proceso
de sustitución del primer ejecutivo
A la vista de la comunicación remitida a la
Presidenta del Consejo de Administración
por el Vicepresidente 2º y Consejero De-
legado de la Sociedad, Sr. D. Juan Béjar
Ochoa, en la que manifiesta su intención de
proceder a ejercitar la cláusula de cambio
de control prevista en el contrato de pres-
tación de servicios que vincula a la Socie-
dad con el Consejero Delegado, han tenido
lugar sendas reuniones de la Comisión de
Nombramiento y Retribuciones y del Con-
sejo de Administración de la Sociedad en
las que, de conformidad con los trámites
previstos en los Estatutos Sociales y Regla-
mento del Consejo de Administración, se
ha abordado el proceso de sustitución del
Vicepresidente 2º y Consejero Delegado
de la Sociedad, Sr. D. Juan Béjar Ochoa,
como primer ejecutivo de la sociedad.
A propuesta de la Comisión de Nom-
bramiento y Retribuciones, el Conse-
jo de Administración de la Sociedad
ha adoptado los siguientes acuerdos;
(l)
Contratación de una firma de bús-
queda y selección de ejecutivos a
nivel internacional (la “firma de head-
hunters”) para que lleve a cabo un
proceso de búsqueda de posibles
candidatos que se ajusten al perfil del
puesto de primer ejecutivo de FCC a
los efectos de la sustitución del Sr. D.
Juan Béjar Ochoa como primer eje-
cutivo de la compañía. La firma de
head-hunters deberá proponer can-
didatos que cuenten con probada
experiencia internacional en todos o
algunos de los distintos negocios que
a día de hoy lleva a cabo FCC. El pro-
ceso de selección deberá ejecutarse
con carácter urgente y, en cualquier
caso, estar completado antes del
próximo 30 de septiembre de 2015.
(ll)
Para permitir que el proceso de suce-
sión del primer ejecutivo se produzca
de la forma más ordenada y planifi-
cada posible, el Consejero Delegado
permanecerá en la sociedad como
máximo hasta el próximo 30 de sep-
tiembre. FCC tiene la facultad de anti-
cipar la salida del Consejero Delegado.
(lll)
Se han aprobado los términos de la
resolución por mutuo acuerdo del
contrato de prestación de servicios
que vincula a la Sociedad con el Con-
sejero Delegado. El acuerdo alcanza-
do incluye el pago al Consejero Dele-
gado, por resolución contractual, y en
la que igualmente se incluye la com-
pensación por el pacto de no com-
petencia, de una indemnización total
por importe de 8.375.000 € brutos.