puede producir visión borrosa, aumen-
to del tiempo de reacción, etc...)
2.
Sedantes:
Son calmantes y reductores
de la ansiedad. Los efectos son pareci-
dos a los anteriores.
3.
Estimulantes:
Actúan sobre el sistema
nervioso central elevando el tono psico-
lógico, y se emplean para tratar estados
depresivos, y cuando es necesario ele-
var el tono vital lo que provoca modif-
caciones de comportamiento que pue-
den ser un riesgo para la conducción.
Hay otros medicamentos como antihista-
mínicos, antihipertensivos, hipoglucémicos,
etc, que también pueden producir efectos
nocivos para la conducción.
De todos los medicamentos susceptibles
de ser recetados, los psicofármacos son
las sustancias que pueden tener efectos
más perjudiciales para los conductores.
Los podemos agrupar en tres grandes
áreas:
1.
Tranquilizantes:
Actúan como depre-
sores de la actividad psíquica (puede
variar el sueño, reduce los niveles de
alerta, disminuye el tiempo de reacción,
Cambios en la regulación de los
medicamentos
El 11 de octubre de 2007 se aprobó el R.D.
1345/2007, por el que se regula el procedi-
miento de autorización, registro y condicio-
nes de dispensación de los medicamentos
de uso humano fabricados industrialmente
(BOE núm. 267, de 7 de noviembre). En di-
cho R.D. se establece que los medicamen-
tos que pueden reducir la capacidad para
conducir o manejar maquinaria peligrosa,
lleven como advertencia a los pacientes, el
siguiente pictograma en los envases.
El objetivo del símbolo es meramente infor-
mativo para el paciente. Por otra parte es
preciso recordar que los prospectos de los
fármacos ya contienen la advertencia de
los efectos que pueden tener en quienes
conducen o manejan maquinaria peligrosa.
Referencia normativa sobre los
medicamentos
Serán objeto de atención especial los tras-
tornos de dependencia, abuso o trastornos
inducidos por cualquier tipo de sustancia.
Conductores del grupo 1º
no profesionales
En los casos en que exista consumo ha-
bitual de medicamentos que produzcan
efectos adversos graves en la capacidad
de conducir, no se podrá obtener o prorro-
gar el permiso de conducción.
No se admite el abuso, la dependencia, ni
los trastornos inducidos por medicamen-
tos.