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La lucha obrera fue clave para el logro de
mejoras en las condiciones de trabajo y se-
guridad.
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La promulgación en 1891 de la Encíclica
Rerum Novarum de León XIII supuso un
cambio sustancial en la posición de la Igle-
sia Católica respecto a las condiciones de
explotación de los trabajadores.
El 30 de enero de 1900 se promulgó en
España la primera Ley de Accidentes de
Trabajo que abordó la compensación del
riesgo laboral.
La Organización Internacional del Trabajo
(1919), ha promovido, a través de sus reco-
mendaciones y convenios internacionales,
numerosas aportaciones a la mejora del
bienestar de los trabajadores.
La dotación de recursos asistenciales en
espacios productivos ha estado histórica-
mente ligada a la consideración social del
trabajo. La creciente valoración económica
de la salud en el mundo moderno posibilitó
la creación de las primeras enfermerías y
hospitales y estimuló el interés de la ciencia
médica hacia el trabajo productivo.
La incorporación de recursos asistenciales
al medio laboral fue producto, en primer lu-
gar, de las estrategias de gestión patronal
de la mano de obra, y posteriormente de
las prescripciones de la legislación protec-
tora.
La legislación de accidentes fue determi-
nante para ir configurando las prácticas
asistenciales en el primer tercio del siglo
XX, y generó una nueva especialidad mé-
dica, la medicina del trabajo que primero
se conoció como “medicina de acciden-
tes”.
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En 1931, las coberturas de la legislación
de accidentes se extendían a los trabaja-
dores agrícolas, y en 1933 se crean las
Clínicas del Trabajo.
Los servicios médicos de las empresas y
los dispositivos de las compañías de se-
guros y mutuas patronales se organizaron
Minas de azufre en Lorca (Murcia).
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