Medidas preventivas
•
Utilización de vehículos recolectores de carga trasera comercializados de acuer-
do a la Norma UNE-EN 1501, conforme a las medidas de seguridad en máqui-
nas, en cuanto a su comercialización y puesta en servicio.
•
Puesta en conformidad de los vehículos de recogida de carga trasera con respec-
to a los requisitos establecidos en el anexo I y anexo II del RD 1215/1997.
•
Implantación de sistemas de recogida de residuos sólidos urbanos alternativos,
que no impliquen desplazamientos de operarios en los estribos, como es el caso
de la recogida de carga lateral.
•
Formación e información de los trabajadores mediante cursos específicos y en-
trega de normas e instrucciones de seguridad para los desplazamientos en los
vehículos.
•
Medidas organizativas, en cuanto al diseño de recorridos y rutas de manera que
el uso del estribo se utilice lo mínimo posible y quede únicamente restringido a los
desplazamientos cortos, realizándose el resto de desplazamientos en la cabina
del vehículo.
Con la implantación
de esta medida,
FCC Medio Ambiente
pretende proteger
al trabajador de posibles
lesiones y aumentar el
nivel de seguridad laboral
dificultando las capacidades visual y auditi-
va del mismo.
Para conseguir la protección deseada se
han realizado estudios sobre los cascos
que actualmente están en el mercado,
pruebas en varios servicios y se ha propor-
cionado formación e información a los tra-
bajadores que ya los están usando.
En la adopción de esta medida se ha con-
tado con la participación y opinión tanto de
los representantes de los trabajadores en
materia de seguridad y salud, como de los
mandos intermedios encargados de la pro-
ducción.
Los peones usarán
obligatoriamente un casco como
medida de protección.
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